
Desde Curquejo Abogados, despacho de abogados en Arrecife, saben que el procedimiento de Divorcio es una situación compleja a nivel legal y emocional. En España, existen procedimientos para disolver el matrimonio de manera efectiva y justa. Comprender los tipos de divorcio, pasos a seguir, así como contar con un abogado especializado en Divorcios, es fundamental para afrontar este tipo de situaciones legales de la mejor manera posible.
1. ¿Qué es un Divorcio?
Como acostumbramos en este blog, lo primero que debemos resolver es la siguiente pregunta «¿Qué es un divorcio?». Pues bien, puede entenderse el divorcio como aquel procedimiento tendente a extinguir el vínculo matrimonial, cualquiera haya sido el modo de celebración de este, por acuerdo de ambos cónyuges o por decisión de uno solo de ellos. En este procedimiento, las partes deben establecer como se regirán las responsabilidades tras la continuación de sus vidas de forma independiente. Se encuentra regulada en el Código Civil, y, desde el año 2005 no es necesaria alegar causa alguna para solicitar el mismo.
A estos términos, parece conveniente traer a colación el artículo 85 del Código civil que establece:
Artículo 85.
El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio.
A su vez, se presenta menester definir, por su amplia alusión en los siguientes párrafos, que es un convenio regulador. Esta figura jurídica puede ser definida, sin ánimo de ser exhaustivo, como aquel acuerdo entre cónyuges escrito, que regula aquellos aspectos fundamentales de la vida de los hijos y el reparto de bienes y derechos en caso de separación o divorcio. Para mayor abundamiento, debemos remitirnos al artículo 90 del Código civil que establece:
Artículo 90.
1. El convenio regulador a que se refieren los artículos 81, 82, 83, 86 y 87 deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:
a) El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.
b) bis El destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal.
c) La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
d) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
e) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
f) La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.
2. Los acuerdos de los cónyuges adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación y divorcio presentados ante el órgano judicial serán aprobados por el juez salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.
Si fueran gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía, la autoridad judicial ordenará las medidas a adoptar, sin perjuicio del convenio aprobado.
Si las partes proponen un régimen de visitas y comunicación de los nietos con los abuelos, el juez podrá aprobarlo previa audiencia de los abuelos en la que estos presten su consentimiento. La denegación de los acuerdos habrá de hacerse mediante resolución motivada y en este caso los cónyuges deberán someter, a la consideración del juez, nueva propuesta para su aprobación, si procede.
Cuando los cónyuges formalizasen los acuerdos ante el letrado de la Administración de Justicia o notario y éstos considerasen que, a su juicio, alguno de ellos pudiera ser dañoso o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges o para los hijos mayores o menores emancipados afectados, o gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía, lo advertirán a los otorgantes y darán por terminado el expediente. En este caso, los cónyuges sólo podrán acudir ante el juez para la aprobación de la propuesta de convenio regulador.
Desde la aprobación del convenio regulador o el otorgamiento de la escritura pública, podrán hacerse efectivos los acuerdos por la vía de apremio.
3. Las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges.
Asimismo, podrá modificarse el convenio o solicitarse modificación de las medidas sobre los animales de compañía si se hubieran alterado gravemente sus circunstancias.
Las medidas que hubieran sido convenidas ante el letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública podrán ser modificadas por un nuevo acuerdo, sujeto a los mismos requisitos exigidos en este Código.
4. El juez o las partes podrán establecer las garantías reales o personales que requiera el cumplimiento del convenio.
1.1 Causas más comunes de Divorcio
Si bien cada relación conyugal es diferente, y los motivos de su disolución son plenamente dispares, nuestra experiencia nos dice que las razones más frecuentes por las que las relaciones matrimoniales se terminan con un divorcio son:
- Diferencias y problemas de comunicación. Si bien es un problema común, pues toda persona tiene su propia forma de comunicarse, existen situaciones irreconciliables que abocan a los cónyuges a una separación de caminos.
- Infidelidad. Si bien, no tiene repercusiones legales como tal, es un motivo común que apertura el divorcio.
- Problemas económicos. Como especialistas en Ley de Segunda Oportunidad, sabemos perfectamente que los problemas económicos traen, casi siempre, problemas en materia conyugal.
- Falta de compatibilidad a largo plazo. Los planes de futuro y, los caminos que se separan, suelen ser un motivo de divorcio.
- Conflictos familiares y discrepancias sobre la crianza y educación de los hijos. La crianza de los hijos no es tarea fácil para ningún padre, siendo esta, una fuente de conflicto común.
Independientemente de la razón que motive el divorcio, es fundamental conocer los derechos vigentes y las opciones disponibles, así como los pasos legales a seguir para obtener un procedimiento con todas las garantías posibles.
1.2 Tipos de divorcios
En España, a grandes rasgos, existen fundamentalmente dos tipos de divorcio.
a) Divorcio mutuo acuerdo.
Está es la vía más sencilla para tramitar el divorcio en España. Se produce cuando ambos cónyuges están de acuerdo con la disolución del matrimonio. A su vez, esta modalidad de divorcio puede hacerse ante el juez si los cónyuges tienen hijos menores o necesitados de especial protección por requerir medidas de apoyo al ejercicio de la capacidad jurídica.
También puede celebrarse ante el Letrado de la administración de justicia, siempre que no existan hijos menores de edad o necesitados de especial protección. En este caso en concreto, ambos cónyuges deben presentar demanda ante el juzgado de primera instancia del último domicilio conyugal y ratificarse en las medidas y voluntad de disolver el matrimonio.
Por último, existe el divorcio notarial. Solo podrá realizarse siempre que se den las circunstancias de la no existencia de hijos menores o necesitados de especial protección. En este caso, deberá presentarse un convenio regulador ante el notario escogido por las partes, visto el convenio regulador, el notario, si no existe inconveniente, elevará a escritura pública el convenio y procederá a disolver el matrimonio. En este caso, no deben estar asistidos por procurador.
b) Divorcio contencioso
Este tipo de divorcio se produce cuando la solicitud la realiza uno de los cónyuges sin consentimiento y/o acuerdo con el otro. Es la única vía posible cuando no existe acuerdo posible con la otra parte con respecto a las medidas que regirán tras la disolución del matrimonio y, por ende, no puede presentarse convenio regulador. Teniendo, por tanto, la decisión final el órgano judicial.
1.3 Requisitos y efectos del Divorcio
Nuestra legislación exige, con carácter general, el único requisito de que hayan transcurrido, al menos, tres meses desde la celebración e inicio de la unión matrimonial. Cabe destacar, que este requisito es salvable, siempre que exista riesgo para la vida, integridad, libertad, y/o salud del cónyuge y/o de los hijos de ambos o cualquiera de ellos.
En este sentido, se debe destacar también, que no se exige causa específica para la celebración del divorcio.
En cuanto a los efectos, el divorcio produce la disolución del matrimonio, los cónyuges serán libres de contraer nuevo matrimonio, cesan los deberes de fidelidad y convivencia, efectos sobre la herencia ab intestado del cónyuge, efectos sobre la legitima respecto a los potenciales bienes de la herencia del otro cónyuge y, aquellos efectos que en el convenio regulador se establezcan. (Disolución del régimen económico matrimonial, si procede, atribución del uso de la vivienda familiar, guarda y custodia de los hijos menores de edad, si los hubiera).
2. Pasos legales a seguir para tramitar el Divorcio
a) Elegir cuál es el procedimiento que vamos a seguir
Esto es, divorcio de mutuo acuerdo (con sus variantes) o contencioso.
El divorcio por vía contenciosa supone, en la mayoría de los casos, someter a las partes prácticas de pruebas judiciales y a un ambiente, generalmente, hostil.
Desde Curquejo Abogados, abogados especialistas en divorcios en Lanzarote, recomendamos, en la medida de lo posible, optar por la vía del mutuo acuerdo, toda vez que tendrán los cónyuges y no el órgano judicial, el poder para la toma de decisiones en la gestión de su patrimonio y guarda y custodia de sus hijos.
Erik Curquejo – Abogado especialista en Derecho de Familia en Lanzarote.
Las ventajas que tiene el procedimiento de mutuo acuerdo frente al procedimiento contencioso, son, entre otras, las siguientes:
- Mayor rapidez y menor costo económico.
- Evitar problemas emocionales y crispaciones judiciales.
- Mayor índice de cumplimiento de lo acordado en el convenio regulador.
- Absoluto control (salvo excepciones) de las medidas a adoptar y mayor flexibilidad en los pactos entre cónyuges.
Las desventajas que presenta su antagónico, son, entre otras, las siguientes:
- Mayor duración y costo económico.
- Decisión de la resolución por un tercero ajeno al conflicto.
- Mayor tensión emocional y desgaste. Así como su potencial influencia en los hijos del matrimonio.
- Menor índice de cumplimiento de lo impuesto en la resolución judicial.
b) Escoger un buen abogado especialista en divorcios
Si los cónyuges deciden ir a un procedimiento de mutuo acuerdo, podrán ir representados por el mismo abogado y procurador. En cambio, en un procedimiento contencioso, deberá cada uno de los cónyuges ir asistido por su propio abogado y procurador.
Si estás buscando abogado especialista en divorcios, vistas las implicaciones emocionales, familiares, y económicas, es imprescindible que cuente con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho de familia que vele por sus intereses. Recuerde que, escatimar en gastos jurídicos puede, a la larga, salir mucho más cargo.
c) Solicitar la documentación necesaria
Una vez analizado el asunto encomendado, solicitaremos diversa documentación necesaria para tramitar el procedimiento y procederemos a tramitar el procedimiento en cuestión. (Contencioso o de mutuo acuerdo).
En caso de mutuo acuerdo, el abogado redactará convenio regulador que regirá los bienes y derechos tras la disolución matrimonial. Una vez redactado, se enviará al juzgado competente. En el caso judicial, tanto el juez como el fiscal velarán y supervisarán que el convenio regulador no tenga pactos ni estipulaciones contrarias a la ley ni perjudiciales para los potenciales menores de edad. Tras la ratificación de la voluntad de los cónyuges de firmar el convenio, el órgano judicial dictará sentencia aprobando los acuerdos.
En caso de divorcio notarial, el abogado redactará y enviará el convenio regulador al notario competente en virtud del último domicilio conyugal. El notario, una vez revisado el convenio y supervisado que no existan pactos ni estipulaciones contrarias a la ley ni al orden público, elevará a escritura pública lo acordado y procederá a disolver el matrimonio.
3. Plazos y costos aproximados en el Divorcio
Si bien es una pregunta muy recurrente, la respuesta es siempre la misma; como todo en Derecho, DEPENDE.
En cuanto a los costos devengados depende enormemente del trámite jurídico a seguir, siendo, como ya adelantamos el procedimiento de mutuo acuerdo es mucho más ágil y con un considerable menor costo que su opuesto. Los plazos suelen oscilar entre tres o cinco meses, dependiendo del órgano judicial en cuestión o de la notaría a la que se acuda.
En lo relativo a los costos, estos dependen enormemente de la complejidad del asunto, de la existencia o no de hijos menores de edad o con especiales necesidades de apoyo, de la disolución de la sociedad de gananciales o no etc.… No obstante, los costos suelen oscilar entre los 500,00 € y 1.200,00 €, todo ello sin perjuicio de los honorarios de la preceptiva intervención de procurador, que, recordemos, es obligatoria si acudimos ante el juzgado competente.
Por otro lado, en un procedimiento contencioso, los plazos y tiempos se alargan, dependiendo del juzgado en concreto, estos pueden tardar en tramitarse entre 9 meses y dos años, toda vez que la demanda debe ser notificada a la otra parte, esta debe ser contestada y deberá tener lugar la práctica de la prueba acordada y las medidas previas oportunas. En colación a lo anterior, teniendo en cuenta que cada cónyuge debe ser asistido por su propio abogado y procurador, los costos se duplican, y, a su vez, la tramitación de este tipo de procedimientos suele devengar honorarios más abultados, siendo, de media, superiores a 1.500,00 euros. Todo ello sin perjuicio de la posible, aunque remota, condena en costas.
En definitiva, el divorcio contencioso es, o debería ser, el último remedio para obtener la disolución de matrimonio, toda vez que existen vías alternativas que facilitan la gestión y abaratan los costes.
4. Abogados especializados en Divorcios en Lanzarote
Desde Curquejo Abogados, Abogados especializados en Divorcios en Lanzarote, saben que contar con un abogado especializado en derecho de familia es fundamental para poder llevar a buen puerto nuestros intereses y obtener lo que por derecho nos corresponde. Es por ello, que, siempre recomendamos la contratación de un despacho de abogados especialistas en derecho de familia.
Si tienes dudas y/o inquietudes con tu situación, podemos ayudarte.